Instituto SecularesInstituto de las Hermanas de María Los Institutos Seculares de Schonstatt forman parte de los institutos de vida consagrada (CIC cc 710 -730)- Quieren ser, de manera especial, un miembro eslabón entre las órdenes religiosas y los cristianos en el mundo. Al ser admitido, el miembro sella un contrato que está unido a una consagración a la Madre, Reina y Victoriosa tres veces Admirable de Schoenstatt. Este contrato con el Instituto unido a la consagració constituye el "vínculo sagrado" exigido por el CIC c 712. El contrato entre el miembro y el Instituto se renueva varias veces temporalmente y luego es sellado para siempre. Todo miembro está incorporado a dos formas de comunidad que se complementan mutuamente, la "oficial" y la "libre". La primera se halla bajo la conducción de superiores/as y se articula en: la comunidad total, las provincias o regiones, las casas filiales o grupos. La segunda plasma su vida propia en las comunidades de los cursos partiendo de la libre iniciativa y la magnanimidad de los miembros Hay Institutos que pueden disponer sobre el compromiso apostólico de sus miembros, como las Hermanas de María, los Hermanos de María y los Padres de Schoenstatt Ellos están especialmente obligados de poner a disposició miembros formados y capacitados para las tareas de inspiración y conducción dentro de la Familia de Schoenstatt. El Padre Kentenich fundó los siguientes Institutos Seculares: Instituto Secular de Schoenstatt, Hermanas de María (1926) Excepto el Instituto de familias de Schoenstatt, todos los Institutos
seculares de Schoenstatt han sido reconocidos jurídicamente por
la Iglesia. El Instituto de Schoenstatt, Hermanos de María es
de derecho diocesano. Los demás Institutos son de derecho papal.
El Instituto de familias de Schoenstatt aspira igualmente, conforme
a la voluntad del Fundador, a obtener el estatus de instituto secular
reconocido jurídicamente por la Iglesia. |
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